1. CONTACTO

Contacte con el equipo de abogados de nuestro Gabinete Jurídico, a través de las vías puestas a su disposición, para exponernos las circunstancias de su caso concreto y consultar las dudas que suscite la tramitación del procedimiento.

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2. CUMPLIMENTACION DEL FORMULARIO

Proceda a la cumplimentación del formulario de datos y envíelo vía web de forma inmediata, o bien, remítalo por correo electrónico o postal.

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3. PROPUESTA DE CONVENIO REGULADOR EN 24 horas

El equipo de abogados de nuestro Gabinete Jurídico en 24 h.:

  • Redactará una propuesta de Convenio Regulador de medidas de separación o divorcio, en los términos convenidos de mutuo acuerdo, (atribución de guarda y custodia de hijos menores, pensión de alimentos, pensión compensatoria, atribucion de uso y disfrute de vivienda familiar, régimen de visitas y estancias con hijos menores del progenitor no custodio y/o familia extensa, etc.), conforme a los requisitos legales exigidos.
  • Remitirá la propuesta de Convenio Regulador a ambos cónyuges para su revisión y conformidad previa.
  • Concertará una cita inmediata con el Procurador de los Tribunales ejerciente de su partido judicial.

4. ENTREGA DE DOCUMENTACION Y FIRMA DE CONVENIO REGULADOR EN 48 horas

En la cita concertada con el Procurador de los Tribunales, los clientes procederán a:

  •  Entrega de la documentación preceptiva original y en vigor.

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  • Entrega del Convenio Regulador de separación o divorcio, por triplicado ejemplar original, firmado por ambos cónyuges en todas sus hojas.

  • Pago de honorarios o entrega de justificante de pago, según modalidad elegida.

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5. PRESENTACION DE DEMANDA JUDICIAL DE SEPARACION O DIVORCIO

Una vez verificada toda la documentación aportada, se procederá a la presentación de la Demanda judicial de separación o divorcio ante el Juzgado de Familia competente.

6. COMPARECENCIA EN JUZGADO PARA APODERAMIENTO Y RATIFICACION (15-30 días)

El Juzgado de Familia competente, en función de su agenda, señalará  fecha y hora para comparecencia  de ambos cónyuges, que  serán citados con antelación suficiente por el Procurador de los Tribunales, quien les acompañará en todo momento en el trámite, en la que deberán:

  • Otorgar la representación procesal a favor del Procurador de los Tribunales, mediante apoderamiento apud acta ante la Secretaría  (en caso de que la demanda se promueva por un cónyuge con consentimiento del otro, sólo deberá apoderar el cónyuge que insta la separación o divorcio)

*(En caso de que alguno o ambos cónyuges decidan otorgar apoderamiento a favor del Procurador de los Tribunales en escritura pública -sujeto a vigente arancel de derechos notariales no incluído en precio-, consulten previamente con el equipo de abogados de nuestro Gabinete Jurídico)

  • Ratificarse en la Demanda de separación o divorcio y en el Convenio Regulador de sus medidas en sede judicial (en caso de que alguno de los cónyuges desee comparecer por separado y/o mediante auxilio judicial, consulten previamente con el equipo de abogados de nuestro Gabinete Jurídico)

*(En caso de hijos menores de edad habidos del matrimonio es preceptiva legalmente la intervención del Ministerio Fiscal)

7. SENTENCIA (7-30 días)

El Juzgado de Familia competente, en función del volumen de asuntos y saturación de su agenda de trabajo, dictará Sentencia.

El Procurador de los Tribunales solicitará la expedición de un testimonio de la Sentencia para cada cónyuge, que les remitirá por correo ordinario.

El Juzgado de Familia competente, de oficio, ordenará la inscripción de la alteración o modificación de estado civil, por suspensión o disolución del matrimonio, por separación o divorcio, en el Registro Civil.

 *(El equipo de abogados de nuestro Gabinete Jurídico les asesorará sobre la pertinencia de anotación y/o inscripción en el Registro de la Propiedad)